martes, 31 de agosto de 2010

Rechazo de la Cámara Federal a recurso de Macri


La Cámara Federal rechazó el recurso de casación presentado por Macri
Por unanimidad, la Sala I declaró inadmisible la presentación realizada por el jefe de Gobierno porteño contra su procesamiento. Es en el marco de la causa por las intervenciones telefónicas irregulares

La Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa del jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, contra su procesamiento en el marco de la causa por las escuchas ilegales.

Para los camaristas el recurso es "inadmisible" porque el procesamiento no es equiparable a una sentencia definitiva y en el caso no se dictó la prisión preventiva, lo que podría haber habilitado la concesión del planteo.

Esta misma sala ya había confirmado el procesamiento de Macri el 15 de julio.

Fuente:

sábado, 28 de agosto de 2010

“Un tonto, un mamado y un perro siempre hay en un acto"

¿Quién lo dijo?

Hoy, un post de género

Declaración: CUANDO LOS DERECHOS HUMANOS NO LLEGAN A LAS HUMANAS



3000 mujeres muertas por abortos clandestinos inseguros en democracia:

En Argentina se calcula que entre 460 mil y 600 mil mujeres recurren cada año al aborto clandestino. Altísima cifra que demuestra que la penalización no impide su práctica. La realidad del aborto clandestino insiste, está aquí fungiendo en nuestros escenarios cotidianos, porque las mujeres desacatan (y van seguir haciéndolo) la ley y el mandato de la iglesia católica que les impide abortar. En este contexto histórico la pelea es por el reconocimiento de un derecho personalísimo. No es la primera vez que a las mujeres se les deniegan derechos, en otra coyuntura histórica se ponía en duda la posibilidad de que una mujer eligiera políticamente en las urnas. Las voces del pasado nos habilitan la pregunta: ¿cuándo será hora de que las mujeres ejerzamos plenamente nuestros derechos individuales? Elegir como sujetas responsables y soberanas es un acto anterior al reconocimiento de ciudadanía. No hay leyes que puedan contra la voluntad de aquellas que deciden abortar. Sí hay injusticias sociales.

Esta realidad genera un negocio altamente redituable. Según una investigación realizada por un equipo de periodistas de Radio Nacional, el aborto en nuestro país involucra mil millones de pesos anuales***. Cifra que dista abismalmente de los 35 millones con los que contó -durante el año 2009- el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

Cada año mueren en Argentina según estadísticas oficiales 100 mujeres por prácticas de abortos clandestinos e inseguros, aunque investigaciones médicas informan de un sub-registro en el registro de la mortalidad por gestación (mortalidad materna). Por una obvia y recurrente razón, siempre son mujeres pobres y jóvenes. El aborto constituye la principal causa de muerte de mujeres gestantes (1). Desde el retorno a la democracia, las estadísticas oficiales revelan que la primera causa de muerte en mujeres embarazadas es el aborto clandestino; esto quiere decir, que en casi treinta años de democracia ininterrumpida esta cifra no se ha modificado. Por lo tanto, no ha habido ningún gobierno que a través de políticas públicas coherentes y sistemáticas repare y ponga fin de manera histórica y contundente a tantas muertes absurdas, muertes evitables. Son mujeres a las que se les niega un derecho humano principalísimo: el derecho a existir, a ser y no sólo a reproducir. Tienen vedado el acceso a la “justicia social” y a los llamados “planes de igualdad de oportunidades”.

El escándalo surgido a raíz de las irresponsables idas y venidas de parte del Ministro de Salud, Juan Manzur, acerca de la existencia o no de la firma que elevara a rango de Resolución Ministerial la Guía Técnica para la Atención de los Abortos No Punibles, volvió a instalar la urgente necesidad de discutir la despenalización y legalización del aborto, y no sólo quedarnos con la exigencia de la aplicación del Artículo 86 del Código Penal, código que cuenta con 89 años de existencia (pese a que muchas veces las causales allí contempladas se siguen judicializando innecesariamente). Numerosas encuestas se generaron desde distintos medios de prensa, nacionales y provinciales; en líneas generales se constatan allí los avances y las opiniones favorables por parte de importantes franjas de la sociedad en relación al reconocimiento de este derecho. Y estos resultados los leemos en sintonía con las batallas culturales que en estos tiempos que corren venimos ganando a los fundamentalismos y conservadurismos, como es la sanción de la ley de matrimonio igualitario.

La consultora Ibarómetro realizó un sondeo en todo el territorio nacional para evaluar la opinión de los y las argentinas sobre el tema del aborto y su despenalización. Los datos arrojados sostienen que: casi un 60% de los argentinos no está de acuerdo con penalizar a una mujer que se realizó un aborto. En el área Metropolitana este porcentaje llega al 70% de las personas entrevistadas y en el llamado interior ese porcentaje alcanza al 49, 9%. Además, un 58,5% cree que las mujeres tienen el derecho de interrumpir su embarazo conforme a sus necesidades y convicciones personales(2).

Es responsabilidad del Estado y sus gobiernos proteger la vida de los ciudadanos y de las ciudadanas. Mantener la ilegalidad del aborto es condenar a las mujeres al circuito millonario del aborto clandestino y también a la muerte. Este país y esta democracia tienen una enorme deuda con los derechos de las mujeres, en particular con el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos. Hemos presenciado con satisfacción en estos días la reglamentación de la Ley Nacional 26.485 para proteger, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Ley que también es el resultado del trabajo sostenido de grupos de mujeres y activistas que en y desde distintos espacios, construimos su posibilidad de existencia. Pero debemos señalar que las declaraciones recientes del poder ejecutivo de la Nación, en la figura de la presidenta Cristina Fernández, sobre la negativa a legalizar el aborto, nos preocupan y alertan. En materia de política pública las definiciones personalísimas no pueden estar por encima de un derecho humano y de ciudadanía de las mujeres; es necesario que el gobierno escuche el silencioso y paradójicamente ensordecedor ruido de ese medio millón de mujeres que aborta cada año en este país; el reclamo que desde hace más de 5 años llevamos adelante desde la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, campaña que agrupa a 289 organizaciones sociales, políticas, sindicales, de derechos humanos; escuchar a los 50 diputados y diputadas (de distintos bloques) que ya firmaron nuestro proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo presentado en el Congreso de la Nación y que pretendemos sea debatido y aprobado en el año del bicentenario.

Es urgente resolver el grave problema de salud pública que significa la ilegalidad del aborto, que constituye una deuda interna enorme profundizando las desigualdades sociales; y también una forma de violencia contra las mujeres y sus derechos. La plena vigencia de los derechos humanos significa condenar a los genocidas de ayer, porque es parte de una lucha en la que estamos plenamente comprometidas, como garantizar el pleno derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos. Nos resulta extremadamente paradójico que en este clima de debate social y definiciones políticas tan contundentes haya tanta pobreza argumentativa reducida o supeditada incluso a posiciones personales en relación a un tema tan importante como es el aborto legal(3).
No hay ni habrá democracia sustantiva, mientras el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos, sea vulnerado por un Estado incapaz de avanzar en la definición de políticas públicas laicas.
Las creencias particulares de quienes gobiernan y legislan en el país, no pueden ser aplicables al conjunto de la ciudadanía.

El derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos y sus vidas de manera autónoma y responsable, y a acceder a la posibilidad de abortar voluntariamente en condiciones legales, seguras y de gratuidad, forma parte de la aspiración a una vida digna y plena para las mujeres, una vida que no debiera verse amenazada sino garantizada por los Estados, sus funcionarias y funcionarios, protegida y promovida por médic@s y jueces, trabajador@s de la salud, del poder judicial, de la educación, etc.
Insistimos en una premisa que comprobamos ante cada nuevo relato de las mujeres que abortan: ninguna mujer aborta alegremente, leyes que despenalicen y legalicen el aborto no alientan su práctica.

Quienes reclamamos aborto legal, seguro y gratuito, partimos de una consideración integral: educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir porque pretendemos programas y políticas públicas que den respuestas al conjunto de situaciones que involucran derechos sexuales y derechos reproductivos.

Quienes niegan el derecho al aborto legal, no hacen más que promover su clandestinidad, pronuncian un voto de muerte para las más empobrecidas y niegan la condición de ciudadanía plena para las mujeres. Nuestra sociedad viene demostrando capacidad y madurez para afrontar el desafío de discutir y aprobar una ley que garantice esta práctica en hospitales públicos, de manera segura y gratuita. Habrá que ver si los y las representantes en el Congreso de la Nación y en los órganos de decisión de este país están a la altura este histórico reclamo y de ampliar a todas las mujeres los derechos que hoy otorga a algunas su mayor poder adquisitivo.

Argentina es el primer país en Latinoamérica que aprobó el matrimonio igualitario, el que actualmente lleva adelante juicios y manda a la cárcel común a los militares de la dictadura, el que busca la verdad sobre los hijos e hijas de desaparecidos y desaparecidas apropiados ilegalmente. Es hora de que esté dispuesto también a figurar entre los que reconocen el derecho elemental de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos, primer territorio para el ejercicio de soberanía. Es hora de ser el país en el que la presidenta, los gobernantes y legisladores/as y la democracia estén dispuestos a que los derechos humanos contemplen las necesidades particulares de las humanas.

Exigimos:
1. La sanción inmediata de una ley que despenalice y legalice el aborto en Argentina.
2. La aplicación efectiva, no judicializada, del Artículo 86, del Código Penal.
3. La efectivización de una Resolución Ministerial que garantice la realización de abortos acorde a la Guía de Atención de Abortos No Punibles en los servicios de salud.
4. La plena vigencia y aplicación de la Ley Nacional de Educación Sexual Integral (Ley 26.150) y de los programas de salud sexual y reproductiva con presupuestos adecuados.

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito Argentina, 
Julio 26 de 2010

jueves, 26 de agosto de 2010

Anibalada de hoy


Nuestro ministro todoterreno Aníbal Fernandez -en una de sus verborrágicas mañanas- declaraba esta mañana, a la llegada al encuentro organizado por la Cámara Argentina de Comercio y el Council of the Americas sobre las declaraciones de Ratazzi había realizado unos minutoa antes. Le espetó:

Lo que pasa con Ratazzi tiene mucho que ver con que pastilla tomo, si tomo la verde o si tomo la colorada y en función de eso dice una cosa o la otra

miércoles, 25 de agosto de 2010

¿Qué significa que un servicio o producción sea de interés público?


Se le aplican algunas condiciones regulatorias y de precios especiales

Que la producción de un bien sea declarado de “interés público” supone que se puede regular el precio de ese producto. El Estado, mediante una ley, puede fijarle un marco regulatorio.

Sucede en otros sectores, como la generación de energía eléctrica. Allí se pueden fijar normas de protección especial, cupos determinados de producción, o beneficios fiscales e impositivos.

En general, los servicios de “interés público” tienen un ente regulatorio propio, que regula el funcionamiento de la actividad en cuestión. También puede fijar normas más restrictivas en cuanto al traspaso accionario de la empresa cuya producción es de “interés público”.

viernes, 20 de agosto de 2010

Fibercurro

Se supone que al inscribirte en la AFIP declarás la actividad por la cual pagarás impuestos. Si vendo panchos es una cosa pero si quiero agregrar servicios de cadetería, tengo que inscribirme en otro rubro. Fíjese por que rubro paga impuestos Cablevisión. De servicios de internet ni hablar. ¿Cómo se le dice a esto? Si, curro, claro, pero también impunidad. En mi barrio se dice "me cago en la gente"... ¿cómo se dice en el tuyo?

* Actualización: Cablevisión está inscripta  como prestador de "Servicios de transmisión de radio y televisión" cuando en realidad debería estar inscripta como prestador de "Servicios de transmisión n.c.p. de sonido, imágenes, datos u otra información", como, por ejemplo, está inscripta Sión.

Este post lo escriben los abogados

Verdad y Demagogia del 82 % móvil

por Gabriela Molina integrante de AJUS

En 1960 los argentinos gozábamos del derecho a una jubilación compuesta por el 82 % del salario, tal derecho nos era conferido por la ley Nº 14.449. A partir de 1968 comienzan las sucesivas reformas legales que fueron sistemáticamente deteriorando los haberes jubilatorios. Con la sanción de la ley Nº 18.037 de ese año, se fija un régimen por el cual, las personas al momento de jubilarse (a los 60 o 65 años según se trate de una mujer o de un varón) percibían un 70 %, que se vería incrementado hasta el 78 % transcurridos los tres (3) primeros años y el 82 % luego de pasados los primeros cinco (5) años de la edad jubilatoria. Por otra parte, dicha ley implementaba un sistema de movilidad de los haberes en consonancia con la variación del nivel general de las remuneraciones de los trabajadores activos. Con esta ley se sigue manteniendo el 82 % pero sólo para aquellos que excedan en cinco (5) años la edad de jubilarse, no obstante la movilidad de haberes que implementaba era favorable para los jubilados.

Sin embargo, con el correr del tiempo y basado en razones económicas, no se fueron trasladando a los pasivos los aumentos pertinentes y ello provocó un desajuste en el sistema de movilidad, ya que en el año 1986 se instrumenta un índice para ajustar, distorsionado muchas veces con cifras “dibujadas” (es famoso el índice “SUB UNO”), que devino confiscatorio del patrimonio de los jubilados, quitándole un porcentual que debería habérsele oblado. En el año 1993 la ley 24.241 creó una unidad de medida AMPO, coeficiente que relaciona los aportes ingresados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones con la cantidad de aportantes al mismo. Por último, en 1995 la ley 24.463 prescribió que "Las prestaciones del Régimen Previsional Público tendrán la movilidad que anualmente determine la ley de presupuesto conforme al cálculo de recursos respectivos" y que "todas las prestaciones de los sistemas públicos de previsión tendrán la movilidad que determina la ley de Presupuesto" aclarando que "en ningún caso esta movilidad podrá consistir en una determinada proporción entre el haber de retiro y las remuneraciones de los activos".

Como se verá las leyes confiscatorias de los haberes de los jubilados datan de los años 1886 a 1995. También recordemos la ley 23.982 de Convertibilidad, sancionada en el año 1991, que congeló sueldos de trabajadores y jubilados.

Así sucedieron las cosas hasta que, recién en el año 2008, durante éste gobierno se dictó la ley 26.417 de Movilidad de las Prestaciones Previsionales, otorgándose dos aumentos por año. Tampoco debemos olvidarnos de la ley 26.425 titulada Sistema Integrado Previsional Argentino, que eliminó el negocio de las AFJP, impidiendo que los fondos de los jubilados sean manejados por cuatro o cinco vivos, o cuatro o cinco grupos económicos, los cuales en cualquier momento podían declarar su quiebra y dejar a los jubilados sin cobertura alguna.

Nadie en su sano juicio podría estar en desacuerdo con aumentar el haber de aquellos que trabajaron toda la vida, y menos ahora que el país se está recuperando de las numerosas crisis económicas que nos subsumieron los malos gobiernos. En ese sentido, el jubilado tiene derecho a cobrar en relación a lo que ganan los trabajadores en actividad que tengan su misma categoría y tareas. Por ello, el próximo paso debe tender a mejorar las leyes previsionales que deberían girar en torno a los índices de actualización que se están utilizando, los cuales todavía no contemplan la equiparación de lo que ganan actualmente los trabajadores en actividad y los pasivos, como sí lo establecía la antigua ley 18.037, modificada por los mismos que hoy, tergiversan el discurso reclamando el 82 % móvil, con una hipocresía digna de resaltar ya que no se hacen cargo de las medidas tomadas por los gobiernos de Alfonsín, Menem y la Alianza que fueron vulnerando sucesivamente los derechos adquiridos.

Entonces, la pregunta que surge es la siguiente: ¿Porqué cuando eran gobierno hicieron lo contrario? y la respuesta es: la palabra Demagogia cuyo significado, según el diccionario de la lengua española, es mentir para ganar la confianza del pueblo.

miércoles, 4 de agosto de 2010

¿Cómo era la cosa?

En Clarinete: 
Negocios con Venezuela: Mondino dijo que la comisión del 15% era “innecesaria”Lo cobraban empresas intermediarias en la venta de equipamiento agropecuario. Ante la Justicia, el ex ombudsman declaró que la cámara del sector cobraba solo el 1 % y era "el verdadero gestor de la operatoria". Agregó que no tiene pruebas para imputar a ningún funcionario del Gobierno.
 
¿Cómo era la cosa Mondino? ¿No era que Néstor Kirchner era el coimero?